Derechos de Autor

por Corrás

Mucho se ha discutido en torno al cobro de derechos, cánones, su desigual reparto y el apoyo del gobierno a las actividades recaudatorias de las sociedades que gestionan los derechos de los autores.

Ahora que estamos a las puertas de la Ley Sinde, última vuelta de tuerca, es momento de repasar los antecedentes del «derecho de remuneración de gestión colectiva forzosa«.

Antes de parir este concepto con aire socialista y praxis fascista el último gobierno de Felipe en el 87, la SGAE tenía un trabajo desagradecido y mal pagado persiguiendo a aquellas personas que violaban los derechos de sus autores a la vieja usanza: Denuncia, aportación de pruebas contra el demandado, presunción de inocencia, fallo judicial en el sentido que el juez estimase en base a las pruebas aportadas, recurso,… En fin, todo lento y farragoso, con cantidad de denuncias desestimadas.

En la era de las marcas y del valor añadido, era un incordio que diese tantos problemas reclamar legalmente lo que se ha convertido en una buena fuente de ingresos para aquellos autores consolidados, y con dificultades para encontrar nuevas oportunidades económicas.

Siempre se desvía la atención con el derecho a proteger la obra propia (del que no hay porqué dudar), con el método (sucesivos decretos), que demuestra la buena sintonía entre estos autores consagrados (apoyando sin reparos campañas políticas) y los responsables de la cartera de cultura de los últimos equipos de gobierno.

A mi entender siempre se ha tratado de una cuestión de prioridades, defensa a ultranza de las libertades civiles o modelo americano (por razones de interés nacional, suspendemos temporalmente la igualdad de derechos y trato ante la justicia).

Si estas medidas extremas se tomasen para conseguir el 100% en el derecho de acceso a una vivienda, en el derecho a un trabajo digno, en la persecución de oficio del incumplimiento de convenios y categorias salariales, etc… probablemente también se incurriría en injusticias, esta vez contra una minoría, ya sea con topes salariales, límites al enriquecimiento patrimonial, límites al número de altos cargos concurrentes que se pueden desempeñar, etc, pero obviamente serían medidas más democráticas.

En todos estos años lo que sigue siendo prohibitivo para la mayoría de artistas y técnicos noveles es el acceso al registro o patentado de sus obras/creaciones, conseguir asesoría jurídica para dirimir derechos de autoría con las empresas para las que se trabaja o  colabora, reclamar impagos o derechos devengados por el uso de diseños en acciones posteriores a las cobradas, etc.

Tampoco se han puesto límites claros a lo que es registrable o no, con lo que representantes legales de muchos artistas consagrados se dedican a registrar obras del folkclore popular e incluso anónimas para poder reclamar los derechos a posteriori.

Y no está claro que si hacen estas reclamaciones por mandato de los autores, reconozcan que existen fondos a la espera de que aparezca alguien a reclamarlos o pasen a der destinados a diversas iniciativas económicas de la Sociedad de Autores, dando a entender que muchas de las reclamaciones son preventivas, no siendo importante conocer si existen afectados o no, sólo recaudar.

En definitiva, la prevaricación a favor de estas Sociedades con el argumento de defender derechos fundamentales, llevada al límite con la ley Sinde, sólo encubre la disposición del gobierno a hacer labores de cobrador del frac para clientes que no se encuentran en situación de indefensión precisamente, pero que sí salen beneficiadísimos de esta relación laboral, dejando a su vez en indefensión real a millones de particulares e internautas que pagan, pequen de piratería o no, lo que arbitrariamente decida la Sinde de turno en nombre de un colectivo, el de los creadores, que mayoritarimente y por el lado más necesitado, queda fuera del reparto.

No a la Ley Sinde.